· Dicha práctica suele reducirse al hecho de que los recursos de procedencia ilícita sean transformados para aparentar que provienen de medios legítimos.
La docente investigadora de la Facultad de Derecho (FD) de la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ), Dra. Florencia Aurora Ledesma Lois, impartió la conferencia “El notariado mexicano y el cumplimiento de las obligaciones en materia antilavado de dinero a través del uso de medios electrónicos”, en la Universidad de Barcelona (UB), España, con el objetivo de dar a conocer la participación del notariado mexicano en la lucha contra el lavado de dinero y los medios de mitigación con los que se cuentan.
La Dra. Ledesma Lois fue invitada a impartir esta plática gracias a un artículo de su autoría en la revista Mexican Law Review, perteneciente al Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en el cual abordó las obligaciones que tiene el notariado nacional en materia de prevención de lavado de dinero, así como las posibles sanciones a las que podrían ser acreedores en caso de incumplimiento.
Asimismo, la investigadora destacó algunas diferencias en los medios electrónicos que se usan para mitigar el delito de lavado de dinero utilizados por el notariado español y el mexicano, mencionando que el primero es reconocido como uno de los más avanzados del mundo y cuenta con sistemas electrónicos especializados otorgados por su gobierno que mantienen comunicación directa y permanente con la Interpol, facilitando su labor.
También, subrayó que otra diferencia importante, es que en el país europeo se utilizan de manera preponderante los activos digitales, permitiendo que los pagos realizados sean fácilmente rastreables, mientras que en México sigue siendo común el uso de efectivo, por lo que es importante identificar los umbrales que, para tal efecto, son establecidos en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
Expresó que los profesionales en esta área deben estar atentos y observar a quienes les prestan su servicio con el afán de evitar formalizar operaciones provenientes de recursos de procedencia ilícita; de igual manera, dijo que no se debe olvidar el integrar el Expediente Único de Identificación de sus clientes o usuarios y la obligación dar los avisos de operaciones vulnerables a la Unidad de Inteligencia Financiera cuando así se requiera conforme a normativa, concluyó la Dra. Ledesma Lois.