Este viernes 19 de enero arranca el periodo de intercampañas y a partir de hoy, y hasta el 29 de febrero, los tres precandidatos presidenciales Claudia Sheinbaum, Xóchitl Gálvez y Jorge Álvarez Máynez, de Morena-PT-PVEM, PRI-PAN-PRD y Movimiento Ciudadano, respectivamente, tendrán que ajustar sus conductas, pues entran a un terreno minado que podría costarles la candidatura.
¿Qué tienen prohibido hacer los aspirantes?
Durante la intercampaña los precandidatos no pueden hacer llamados expresos al voto, pues hacerlo implicaría un acto anticipado de campaña y la sanción más severa para esta conducta es la negativa del registro como candidato.
Sheinbaum, Gálvez y Máynez pueden asistir a actos privados y reuniones en los que expongan temas generales y de interés público, siempre que no llamen al voto ni se incurra en actos anticipados de campaña, de acuerdo con criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Los tres tienen prohibido aparecer durante esta etapa del proceso electoral en spots, debates o mesas redondas o de análisis de radio y televisión, en donde esté presente más de una o un candidato.
Del mismo modo, el contenido de su propaganda electoral sólo puede tener un carácter informativo. Sí se permite la difusión de propaganda política que tenga como fin presentar la ideología, principios, valores o programas de un partido político en general, para generar, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias; o bien, invitar a la ciudadanía a formar parte del mismo, con el objeto de promover su participación en la vida democrática del país o incrementar el número de sus afiliados.
En los promocionales de radio y televisión es válido que se incluyan referencias a temas de interés general y con carácter informativo, siempre y cuando no se haga uso explícito de llamados a votar, a favor o en contra, o referencias expresas a candidaturas y la plataforma electoral del partido político que difunde el promocional.
Jorge Álvarez Máynez y Xóchitl Gálvez pueden criticar los programas de gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador y Claudia Sheinbaum puede pronunciarse por la continuidad de los mismos, pues el INE indicó que no supone una afectación grave o irreparable al principio de equidad en la contienda electoral, en tanto que no es un llamamiento al voto.
Los medios de comunicación pueden realizar entrevistas y difundir noticias sobre los partidos políticos, coaliciones, precandidaturas y candidaturas postuladas, con respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión.
¿Cuáles son las sanciones?
Multa de hasta 10 mil (antes de 50 a cinco mil) días de salario mínimo general vigente para la CDMX, según la gravedad de la falta.
En caso de infracción a los topes de gastos de campaña, a los límites a donativos o aportaciones de simpatizantes, o de los candidatos para sus propias campañas, con un tanto igual al del monto ejercido en exceso. En caso de reincidencia, la sanción será de hasta el doble de dicho monto.
Según la gravedad de la falta, con la reducción de hasta 50 por ciento de las ministraciones del financiamiento público que les corresponda, por el periodo que señale la resolución (antes no se consideraba la gravedad de la falta).
Con la interrupción de la transmisión de la propaganda política o electoral, durante el tiempo que le haya sido asignado por el INE.
La violación de abstenerse a usar en la propaganda electoral, expresiones que denigren a las instituciones y a los partidos o que calumnie a las personas, se sancionará con multa; durante las precampañas y campañas electorales, en caso de reincidencia, se podrá sancionar con la suspensión parcial del acceso a radio y T.V.
En los casos de conductas violatorias graves y reiteradas, especialmente a sus obligaciones en materia de origen y destino de sus recursos, con la cancelación de su registro como partido político.