Amenaza de sexting se castiga.
Querétaro, Qro. La revelación de videos e imágenes íntimas sin consentimiento en los distintos medios digitales es un delito tipificado por el Código Penal a nivel federal y estatal, donde en Querétaro la simple amenaza de compartir este contenido procede a acciones jurídicas; así lo aseguró Laura Santos, activista y directora de Investigación y Litigio en el Colectivo de Litigio Estratégico e Investigación en Derechos Humanos (CLEIDH).
La especialista recordó que en 2020 se aprobó la ley Olimpia en donde dos reformas relevantes en este ejercicio se modificaron: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Código Penal Federal, la cual implicó que los demás estados debieron armonizar los códigos penales para tener concordancia con las leyes federales.
Añadió que los delitos de violación a la intimidad sexual implican divulgar, compartir, distribuir y publicar imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o autorización, así como también quienes reproduzcan dicho contenido.
Refirió que el hecho de que existan grupos de WhatsApp o Telegram debe ser una señal de alerta para atender el mundo digital de una manera más eficiente, y reflexionó acerca del conflicto que existe en estos espacios respecto a las libertades y los derechos digitales, una discusión que -dijo- no está acabada.